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subsidio por maternidad

Las condiciones para tener derecho al Subsidio del FOSMEVE además de estar al día con todas sus obligaciones con Tesorería y Secretaría del Colegio, son las siguientes:

  • Cuando se trate de parto, deberá presentar formulario de solicitud subsidio y partida de nacimiento del Registro Civil, hasta treinta (30) días de producirse el parto. 
  • No puede comprar material durante el período del subsidio.
  • Se cubrirá el valor de quinientos cuarenta (540) gavet por dos meses.
  • De constatarse la actividad profesional durante el período del subsidiado por el FOSMEVE caduca su derecho, debiendo restituir el importe del Subsidio con sus intereses y gastos, sin perjuicio de la instrucción del sumario pertinente. 
  • Los casos no contemplados en el presente, serán resueltos por la Mesa Directiva.

subsidio por PATERNIDAD

Las condiciones para tener derecho al Subsidio del FOSMEVE, además de estar al día con todas sus obligaciones con Tesorería y Secretaría del Colegio, son las siguientes:

  • Cuando tenga un hijo/a, deberá presentar formulario de solicitud subsidio y partida de nacimiento del Registro Civil, hasta treinta (30) días de producirse el nacimiento. 
  • Se cubrirá el valor de quinientos cuarenta (540) gavet por un mes.
  • Los casos no contemplados en el presente, serán resueltos por la Mesa Directiva.